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¿Qué hacer si tu empresa no te paga el sueldo? Guía paso a paso para reclamar tu nómina

1–2 minutos

Descubre los pasos legales para reclamar tus salarios no pagados, los plazos clave y cuándo puedes solicitar la extinción de tu contrato con indemnización.

Saber qué hacer cuando tu empresario deja de pagarte el salario es fundamental para no perder tus derechos ni tu dinero. La falta de pago o los retrasos continuados no solo generan incertidumbre económica, sino que constituyen un incumplimiento grave por parte del empleador.

A continuación, te explicamos los pasos que debes dar para solucionar esta situación de forma legal y eficaz.

1. Reúne toda la documentación
Antes de iniciar cualquier reclamación, debes recopilar las pruebas que acrediten la relación laboral y la deuda existente:

  • Contrato de trabajo y vida laboral actualizada.
  • Últimas nóminas recibidas (pagadas y no pagadas).
  • Extractos bancarios que demuestren la ausencia de ingresos por parte de la empresa.
  • Correos electrónicos, mensajes o comunicaciones donde se hable del impago.

2. Intento de vía amistosa (Opcional pero recomendable)
En ocasiones, un retraso puntual puede deberse a un problema administrativo. Enviar un escrito interno o hablar formalmente con la empresa puede solucionar el problema sin necesidad de acudir a la vía judicial. No obstante, evita dejar pasar demasiado tiempo sin formalizar tu reclamo.

3. Presentación de la Papeleta de Conciliación
Si la empresa persiste en el impago, el primer paso legal obligatorio es presentar una papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma.

  • Objetivo: Intentar llegar a un acuerdo con el empresario antes de ir a juicio.
  • Plazo clave: Tienes 1 año para reclamar las cantidades adeudadas. Pasado ese tiempo, el derecho a cobrar esas nóminas prescribe.

4. Demanda ante el Juzgado de lo Social
Si no se llega a un acuerdo en el acto de conciliación (o la empresa no se presenta), deberás interponer una demanda en el Juzgado de lo Social. En este proceso se reclamará el importe adeudado más el interés por mora (10% anual) previsto en el Estatuto de los Trabajadores.

5. ¿Puedo dejar de ir a trabajar o pedir la resolución del contrato?
No dejes de acudir a tu puesto de trabajo por iniciativa propia, ya que la empresa podría alegar abandono de trabajo o sancionarte con un despido disciplinario.

Sin embargo, si los impagos son continuados o graves, el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores te permite solicitar la extinción judicial del contrato.
Esto te da derecho a:

  • Recibir la misma indemnización que en un despido improcedente (33 días por año trabajado).
  • Acceder a la prestación por desempleo (paro).
  • Cobrar la totalidad de los salarios adeudados.

¿Necesitas asesoramiento con tu caso?
Cada situación laboral exige un análisis detallado para no dar pasos en falso. Si te encuentras en esta situación y necesitas ayuda para reclamar tus nóminas o rescindir tu contrato con garantías, ponte en contacto con nuestro despacho para evaluar tu caso.